¿Quién heredará a Beatriz Sarlo?: Un complejo entramado legal por la sucesión de la intelectual

El juicio sucesorio de Beatriz Sarlo, que ha pasado a ser reservado y solo accesible a las partes intervinientes, ha avanzado un paso con la medida judicial ordenada por la jueza Cecilia Kandus del juzgado nacional civil número 24, que ordenó el inventario de los bienes existentes en el departamento de la calle Hidalgo 140 que perteneció a la ensayista fallecida, e hizo cambiar la cerradura.
Beatriz Sarlo. Foto: Emiliana Miguelez.
La decisión judicial, al margen del hermetismo existente por parte de amigos de Sarlo y de quienes se atribuyen la condición de “único heredero”, habría respondido al pedido de la última aspirante a la herencia, Ernestina del Río, prima de la ensayista fallecida.
La sucesión “ab intestato” (sin testamento) fue iniciada en febrero último por Alberto Sato, con quien Sarlo se casó en 1960 y de quien se separó de hecho en los años 70. Entonces no existía divorcio legal.
En junio de 1987, durante la presidencia de Raúl Alfonsín, se sancionó la ley de divorcio vincular 23.515, que permitió reincidir en el matrimonio a los divorciados. Ni aun así, Beatriz Sarlo se divorció legalmente. Sin embargo fue pública y conocida su pareja de 40 años con el cineasta Rafael Filipelli, fallecido en 2023.
El el cineasta Rafael Filipelli. Foto: Leo Vaca.
El Código Civil y Comercial, tras la reforma de 2015, establece en su articulo 2437, correspondiente a la transmisión de derechos por causa de muerte, y relativo a “la sucesión del cónyuge”, que “el divorcio, la separación de hecho sin voluntad de unirse y la decisión judicial de cualquier tipo que implica cese de la convivencia, excluyen el derecho hereditario entre cónyuges”. Voluntad que Sarlo hizo pública al unirse a Filipelli durante cuatro décadas.
El artículo corresponde al título de “sucesiones intestadas” del nuevo Código y aquí aparece el primer obstáculo para Alberto Sato, exmarido legal de Sarlo: Melanio Alberto Meza López, encargado del edificio de Hidalgo 140, paraguayo, soltero con novia embarazada, y humano responsable de Nini, la gata de Sarlo, según un manuscrito que Melanio le atribuye a la ensayista. Habrá que probarlo.
Según Alberto Meza, como Sarlo lo llamaba, él posee dos documentos -que ya se han hecho públicos en todos los medios- que lo acreditan como único heredero del departamento que la autora de La intimidad pública habitaba. Y, según distintos testimonios recogidos, cuando la ensayista quedó “viuda” de Filipelli, fue de gran ayuda.
Los documentos atribuidos a Sarlo por Meza López, que contienen fechas y el nombre de Beatriz Sarlo, no son claros en su calidad de “testamento ológrafo”, ya que en ninguna parte dicen que la escritora le transmite la propiedad o el usufructo. Solo lo deja “a cargo”. Y la ley civil es muy precisa.
En el título XI relativo a sucesiones testamentarias, el Código se refiere al testamento de puño y letra, y señala que “debe ser íntegramente escrito con los caracteres propios del idioma en que es otorgado, fechado y formado por la misma mano del testador”, señala el artículo 2477. Y agrega otras formalidades como que la firma debe estar después de lo que dispone, que un error en la fecha no invalida el documento, salvo que la fecha sea falsa para violar una disposición de orden público, y que los agregados “por mano extraña” invalidan el documento.
Hay dos datos que la jueza o el juez que finalmente acepte continuar el juicio sucesorio, que ya ha pasado por tres magistrados civiles y la Cámara, tendrá que validar: uno relativo a la firma y otro referido a la protocolización, de la que por lo menos hasta el presente nadie ha hablado.
Beatriz Sarlo en una foto de su archivo personal. Reproducciones: Ariel Grinberg.
El Código Civil señala que cuando en los testamentos se requiera la firma ésta debe estar escrita tal como el autor de la misma acostumbraba hacerlo en documentos públicos y privados. No alcanza con escribir el nombre. Debe ser firmado. “Los errores de ortografía u omisión de letras no vician necesariamente la firma” dice el artículo 2476, pero dejan librada a la apreciación judicial la determinación de su validez.
El otro asunto es igualmente importante. Esto ocurrió durante la sucesión de Maria Kodama, con la sorpresiva aparición de sus cinco sobrinos (hijos de su hermano Jorge pre-fallecido), cuando corría la tómbola de quién sería el o la heredera testamentaria de Kodama. Los testamentos ológrafos tiene que ser protocolizados y validados. La protocolización puede ser previa, a cargo del testador que lo envía al Colegio de Escribanos para su registro, o posterior, en caso de que sea el juez de la sucesión quien –una vez validado- lo envía para su registro.
Antes de declarar herederas a las sobrinas de María Kodama, el juzgado cumplió con este paso para saber si existía un testamento desconocido de su parte.
Beatriz Sarlo en su estudio. Foto: Jorge Noro, gentileza.
La protocolización del testamento ológrafo tiene por objeto que éste adquiera la jerarquía de instrumento público. Es una medida de carácter conservatorio y de seguridad que no prejuzga sobre la validez del testamento, por lo que puede ser cuestionado.
Una pregunta todavía sin respuesta dada la reserva del expediente. ¿Cuál es el grado de parentesco colateral de la prima aparecida de Beatriz Sarlo? De tratarse de una prima en primer grado de consanguinidad (prima hermana, por ejemplo) y hasta el cuarto grado colateral podría desplazar las aspiraciones del supuesto heredero testamentario y al marido reaparecido tras 50 años de separación de hecho.
Clarín intentó comunicarse con los abogados de Sato, Meza y la albacea de Sarlo, la destacada ensayista Sylvia Saítta, de manera infructuosa. También hablamos con un amigo del círculo más próximo a Beatriz Sarlo, que tiene un vínculo directo con Sato y su abogado, quien dijo: “No van a hablar. Han decidido no decir nada y esperar que la justicia se expida”. Lo que puede demorar bastante.
Beatriz Sarlo 47° Feria del libro en 2023. Archivo Clarín.
Entre toda las medidas del juez o jueza civil está el llamado de peritos para comprobar la legitimidad de los dos manuscritos de Beatriz Sarlo en poder de Melanio Alberto Meza López, y recién luego de esa medida, el portero tendría legitimación activa para estar en el juicio sucesorio.
En medio de este cruce de personas con aspiraciones hereditarias allí está el Gobierno de la Ciudad que, ante la posibilidad de que el juicio sucesorio fuera declarado vacante, ya tiene un pie en el expediente. Por ahora como observador neutral.
Cuando escribió La intimidad pública, es seguro que Beatriz Sarlo ignoraba que, a su muerte, quedaría en medio de una controversia tan pública.
En un fragmento de su libro escribió: “Escándalo y repercusión pública se implican. Ocupar un lugar público, aunque sea durante una secuencia efímera, es no solo la consecuencia, sino una condición inseparable del escándalo exitoso. Por eso, el escándalo es una de las formas de la notoriedad actual, una forma que no exige de sus protagonistas ni calidad ni logros, sino que sean suficientemente conocidos como para convertirse en personajes. Este es un requisito y no funciona siempre invariablemente bien ni con la misma intensidad”.
Beatriz Sarlo. Foto: Andres D'Elia.
Sarlo, que tuvo calidad y logros, y cuyos ensayos la convirtieron en una de las mayores intelectuales de la Argentina, abominaría de esta notoriedad tan pedestre provocada por el destino de su departamento y de su gata Nini.
Clarin