Una fundación familiar compra la propiedad y no descarta venderla. Para las autoridades fiscales esto es mera especulación.
La administración tributaria suele ser estricta en su evaluación de las fundaciones familiares que intentan abusar del derecho a la exención del impuesto sobre la renta. La denegación de tales beneficios resulta del alcance limitado por ley de la actividad económica de dichas fundaciones. A veces es difícil negar que las autoridades fiscales tienen razón cuando, por ejemplo, bajo el pretexto de "alquilar un inmueble propio" (exento del impuesto sobre sociedades), una fundación quiere incluir en su patrimonio un complejo turístico comercial ordinario.
Sin embargo, una de las últimas interpretaciones indica que las autoridades fiscales han ido demasiado lejos en su enfoque restrictivo. Lanzado el 17 de enero de este año. La interpretación emitida por el Director del Servicio Nacional de Información Tributaria se refiere a las fundaciones. ¿Quién se está preparando para comprar un inmueble? En su solicitud al KIS, indicó que las propiedades en cuestión eran una inversión que tenía como objetivo generar ingresos mediante su alquiler. La Fundación también señaló que no tiene intención de venderlos dentro de 10 años, aunque no descartó venderlos después de ese período.
RP